Dynamotive Código de Ética

Contenido

Introducción y Objeto
La Visión Corporativa de la Empresa
Integridad y Objetividad
Trato Justo, Debido Cuidado
Uso de bienes de la Empresa
Uso de información de la Empresa
Cumplimiento del Derecho Aplicable
Conducta profesional, cumplimiento de políticas corporativas
Cumplimiento del Código de Ética
CEO y altos funcionarios financieros

Introducción y Objeto

El Código de Ética establece los criterios éticos y de conducta con los que se espera que cumplan los directores, funcionarios, empleados y contratistas de la Empresa.

El Código tiene por objeto sustentar y respaldar la visión de la Empresa y los valores por los que se rige nuestra conducta personal y colectiva. La visión y los valores que se exponen a continuación integran el Código de Ética de la Empresa.

Click to TopArriba

La Visión Corporative de la Empresa

La visión de la Empresa consiste en alcanzar el éxito y lograr innovar en el desarrollo de soluciones energéticas a partir de su sistema patentado de pirólisis rápida. Para alcanzar esta visión incorporamos los siguientes valores a todas nuestras actividades:
  • Desarrollar y comercializar sistemas de energía alternativa y aplicaciones de valor en forma responsable;
  • Ser líderes de la industria y participar en organizaciones dedicadas a su mejoramiento;
  • Ser competidores fuertes y honestos;
  • Ser un ciudadano corporativo responsable y aportar a nuestra comunidad;
  • Respetar el medio ambiente;
  • Tratar en forma justa a nuestros clientes y proveedores y a quienes nos acompañen en emprendimientos conjuntos;
  • Ofrecer un ambiente de trabajo seguro y gratificante; generar valor para nuestros accionistas.

Click to TopArriba

Integridad y Objetividad

Tenemos la obligación de abordar nuestro trabajo en forma directa, honesta y sincera y de evitar recibir beneficios personales indebidos como consecuencia de nuestro cargo.

Tenemos la obligación de garantizar que nuestros intereses personales no interfieran en los intereses de la Empresa, ya sea en forma efectiva o aparente. Nos conduciremos con imparcialidad y honestidad intelectual y moral, y minimizaremos los conflictos de intereses reales o aparentes. Nos conduciremos en forma justa y no permitiremos que nuestra objetividad se vea afectada por prejuicios o preferencias.

No mantendremos relaciones comerciales que no hayan sido informadas o aprobadas, incluidas las relaciones con participantes en emprendimientos conjuntos, proveedores, clientes o competidores, que puedan afectar, en forma efectiva o aparente, la independencia de cualquier decisión que podamos tomar en representación de la Empresa.

No ofreceremos ni aceptaremos dádivas, gratificaciones u otros incentivos durante las negociaciones comerciales que llevemos adelante en representación de la Empresa.

Click to TopArriba

Trato Justo, Debido Cuidado

Nos conduciremos en forma honesta y justa en todas nuestras relaciones con accionistas de la Empresa, participantes en emprendimientos conjuntos, clientes, proveedores, asesores profesionales, competidores y demás partes interesadas.

Mantendremos un alto nivel de competencia y solamente aceptaremos aquellas tareas que creamos poder desarrollar con la debida competencia profesional. Cumpliremos nuestras obligaciones con el debido cuidado y en forma oportuna. Realizaremos nuestro trabajo de acuerdo con los más estrictos criterios técnicos y profesionales que correspondan en cada caso.

Aplicaremos suma habilidad y extremo cuidado en las prácticas de reclutamiento y empleo, y trataremos con respeto y dignidad a todos nuestros colegas.

Click to TopArriba

Uso de bienes de la Empresa

Comprometeremos nuestros mayores esfuerzos con el fin de proteger aquellos bienes de la Empresa que se encuentren bajo nuestro cuidado para la consecución de los objetivos comerciales legítimos de la Empresa y no los utilizaremos para ningún otro fin, en beneficio personal propio inclusive.

Click to TopArriba

Uso de información de la Empresa

Solamente utilizaremos la información corporativa de la Empresa a la que hayamos tenido acceso en el transcurso de nuestra relación con aquella en pos de sus intereses y no en beneficio personal propio. Mantendremos en todo momento el carácter confidencial de la información corporativa de la Empresa. Negociaremos nuestras tenencias accionarias en la Empresa con estricta sujeción al derecho aplicable y, cuando así corresponda, denunciaremos la transacción en forma adecuada y oportuna.

Nos aseguraremos de que, en todos los informes y documentos de divulgación pública, la Empresa brinde información completa, razonable, precisa, oportuna y entendible, de modo tal de que el público esté adecuadamente informado y que lo allí manifestado u omitido no conduzca a error.

Click to TopArriba

Cumplimiento del Derecho Aplicable

En todo momento nos conduciremos con honestidad y de buena fe con ajuste al derecho aplicable, incluidas leyes, reglamentos, estatutos locales y Normas (incluidas las Normas NASD), así como los códigos de práctica aplicables en aquellos países en los cuales opere la Empresa o en los que revista el carácter de emisor inscripto. Nos aseguraremos de que nuestras prácticas comerciales no solamente se ajusten al derecho aplicable sino que también resulten conformes a los criterios considerados “best in class” (los mejores de su clase).

Click to TopArriba

Conducta profesional, cumplimiento de políticas corporativas

Tanto en el horario de trabajo como fuera de éste nos conduciremos en forma coherente con la buena reputación de la Empresa y nos abstendremos de toda conducta que pueda desprestigiarla. En especial, todo el personal deberá abstenerse de cualquier conducta que importe influencia, coerción, manipulación o engaño indebido respecto de la firma que realice la auditoría de los estados contables de la Empresa (y sus subsidiarias).

En todo momento nos comportaremos y conduciremos de forma coherente con la visión de la Empresa y los valores establecidos en este Código y cumpliremos con todas las Políticas Corporativas.

Click to TopArriba

Cumplimiento del Código de Ética

Este Código integra las condiciones de empleo de todos y cada uno de los empleados de la Empresa, así como de sus funcionarios y directores. El incumplimiento del Código puede provocar la adopción de medidas disciplinarias, entre ellas, cuando así corresponda, el despido. El cumplimiento de este Código se tomará regularmente en consideración al evaluar el desempeño personal. El incumplimiento de este Código por parte de un contratista puede provocar la extinción anticipada del contrato de prestación de servicios que aquel mantenga con la Empresa.

Toda persona que tome conocimiento de una violación o supuesta violación del Código deberá informarla de inmediato a su gerente y al secretario de la empresa para que se actúe en consecuencia. Cuando ello resulte inadecuado o incómodo para la persona en cuestión, la violación o supuesta violación deberá informarse a otro integrante del equipo de alta gerencia y al secretario de la empresa para que se actúe en consecuencia. No podrá tomarse ninguna medida en perjuicio de aquella persona que denuncie una violación o supuesta violación a raíz de la denuncia. El nombre de la persona que aporte la información referente a la violación o supuesta violación del Código se mantendrá, sujeto a cualquier restricción legal que pudiera corresponder, en confidencialidad.

Click to TopArriba

CEO y altos funcionarios financieros

La Ley Sarbanes-Oxley de 2002 (EE.UU.) alienta a las empresas sujetas a las reglamentaciones de la SEC a adoptar un código de ética que se aplique a los altos funcionarios financieros, incluido el CEO. Los criterios éticos y de conducta reflejados en dicha Ley constituyen los preceptos básicos de conducta ética y profesional consagrados en este Código por la Empresa para su aplicación a todo el personal y los contratistas; por lo tanto, dichos criterios resultan igualmente aplicables al CEO y al CFO, así como a cualquier empleado que ocupe un alto cargo financiero.

Click to TopArriba